Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos: Israel

Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos: Israel
Fecha: 
28/07/2010

19. El Comité toma nota de que se han concedido algunas exenciones del servicio militar obligatorio por motivos de objeción de conciencia. Le preocupa la independencia del Comité de Concesión de Exenciones del Servicio de Defensa por Motivos de Conciencia, que, con la excepción de un civil, está integrado enteramente por oficiales de las fuerzas armadas. Observa asimismo que las personas cuya objeción de conciencia no haya sido aceptada por el Comité pueden ser recluidas en la cárcel repetidas veces por su negativa a prestar servicio en las fuerzas armadas (arts. 14 y 18).

El Comité de Concesión de Exenciones del Servicio de Defensa por Motivos de Conciencia debería pasar a ser totalmente independiente y las personas que presenten solicitudes de exención por motivos de conciencia deberían ser escuchadas y poder recurrir contra el fallo del Comité. La reclusión repetida por negarse a prestar servicio en las fuerzas armadas puede constituir una violación del principio de ne bis in idem, por lo que esa pena debe dejar de aplicarse.

reconocimiento de la OC Reconocido
castigo reiterado Reconocido