Reunión de Copenhague de la Conferencia sobre la Dimensión Humana, 5-29 de junio de 1990

Fecha: 
29/06/1990

El Párrafo 18 del Documento de la Reunión de Copenhague de la Conferencia sobre la Dimensión Humana, 5-29 de junio de 1990:
(18) Los Estados participantes
(18.1) toman nota de que la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha reconocido el derecho de toda persona a tener objeciones de conciencia al servicio militar;
(18.3) toman nota de las medidas adoptadas por una serie de Estados participantes para permitir la exención del servicio militar obligatorio en base a objeciones de conciencia;
(18.3) toman nota de las actividades de varias organizaciones no gubernamentales sobre el tema de la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio;
(18.4) están de acuerdo en introducir, donde tal cosa no se haya hecho todavía, varias formas de servicio alternativo, que sean compatibles con los motivos de la objeción de conciencia, siendo dichas formas de servicio alternativo en principio de naturaleza civil o no combatiente, de interés público y de carácter no punitivo;
(18.5) pondrán a disposición del público información sobre la cuestión;
(18.6) seguirán estudiando, dentro del marco de la Conferencia sobre la Dimensión Humana, las cuestiones pertinentes relacionadas con la exención del servicio militar obligatorio, allí donde exista, de las personas por objeción de conciencia al servicio armado, e intercambiarán información sobre estas cuestiones
.”

reconocimiento de la OC Reconocido