La Asamblea,
1. Teniendo en cuenta su Resolución 337 sobre el derecho de objeción de conciencia,
2. Recomienda al Comité de Ministros:
(a) encargar al Comité de Expertos en Derechos Humanos que formulen propuestas para hacer efectivos los principios formulados por la Asamblea en su Resolución 337 mediante un Convenio o una recomendación a los Gobiernos, para que el derecho de objeción de conciencia pueda ser implantado firmemente en todos los Estados miembros del Consejo de Europa;
(b) invitar a los Estados miembros a llevar sus legislaciones nacionales a la mayor sintonía posible con los principios aprobados por la Asamblea Consultiva.
reconocimiento de la OC | Reconocido |